Texto de la norma
Núm. 1170.—DECRETO del S. C. declarando fuera de la ley al general José M. Cabral.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Senado Consultor, en nombre de la República, declarada la urgencia y prévias las tres lecturas constitucionales, ha dado el siguiente decreto declarando fuera de la ley á José Ma. Cabral.
Considerando: Que el Señor Jose Maria Cabral, colocado en las gargantas y desfiladeros del lugar nombrado "Polo", capitaneando una partida de latro-guerreros fronterizos, vino á interponerse al paso del general Salnave, sus ministros y estado mayor, señoras y niños que formaban el grupo de inofensivos refugiados, á quienes hizo entrega maniatados al furor de sus enemigos.
Considerando: Que esa salvaje violacion de las leyes de la hospitalidad, cometida á sangre fria dentro del territorio nacional, y contra seres á quienes escudaban su propia desgracia y el honor proverbial de los dominicanos, constituyen un crímen de esa-humanidad, que pesaria dolorosa y perpetuamente contra la gloria y bien del pais, si él mismo no declinará á tiempo toda la participacion y responsabilidad de su perpetracion.
Considerando: que despues de la carnicería de una parte de aquella caravana fugitiva, y entrega de los que se salvaron del sable asesino, mediante el pago de cinco mil pesos, Cabral ha llevado su adhesión al Gobierno de Haití, y la extensión de la alianza ofensiva que con él pactó, al extremo de invadir á su Patria con fuerzas materiales y efectivas de aquel Estado.
Considerando: Que del gran número de cadáveres identificados sobre el lugar del combate del 31 de Marzo próximo pasado, del papel-moneda de Haití hallado en sus bolsillos y morrales, del tenor de la correspondencia y papeles ocupados, y de la presencia de diez prisioneros de alta graduación los mas, así como de las declaraciones prestadas por éstos, se evidencia que Cabral está hace mucho tiempo al servicio de aquel Estado, y que es el agente conocido de sus planes predictorios, de su ódio tradicional, y de sus acechanzas contra el porvenir de nuestro pais.
Considerando por último: que semejante mancomunidad de intereses entre ese individuo y la nación, que largos años vino sosteniendo contra la suya propia una guerra injusta y de exterminio, y entre las que aun no se han establecido relaciones de paz y recíproca buena fé, constituye una infidencia manifiesta que, haciendo pesar sobre él todas las consecuencias de la gratuita agresión, le coloca por consiguiente fuera de la proteccion de sus leyes que rijen á la comunidad del pais traidoramente agredido:
DECRETA:
Art. 1º El Señor José María Cabral, antiguo general de los ejércitos de la República Dominicana, hoy lugar-teniente del Gobierno de Haití, y agente manifiesto de sus sordas maquinaciones contra este Estado, queda declarado "fuera de la ley" y todo individuo autorizado suficientemente para perseguirlo y apoderarse de su persona.
Art. 2º El presente decreto será enviado al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Dado en la sala de sesiones del Senado Consultor de la República, á los siete dias del mes de Abril de 1870, 27 de la Independencia, 7º de la Restauración y 3º de la Regeneración.—El Presidente, Pedro T. Garrido.—El Secretario, José del Rosario Bernal.
Ejecútese, publíquese y circule en todo el territorio de la República para su puntual observancia.
Dado en Santo Domingo á los 9 dias del mes de Abril de 1870, 27 de la Independencia, 7º de la Restauracion y 3o. de la Regeneracion.—El Presidente de la República, Buenaventura Baez.—Refrendado: El Ministro de lo Interior y Policía, M. M. Gautier.—El Ministro de Guerra y Marina, José Hungría.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.