Texto de la norma
Núm. 1158.—DECRETO del P. E. concediendo indulto al nombrado Robert Hurthon.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—Buenaventura Baez, general de division, Gran Ciudadano y Presidente de la República.
Por cuanto individuos de elevada posicion cerca del Gobierno de Washinton, y cuya deferencia y buenos servicios á favor de nuestra República son incontestables, han solicitado la gracia de un indulto para el ciudadano norteamericano Robert Hurthohn, condenado á cinco años de presidio por simple homicidio perpetrado en la persona de un compatriota suyo, á bordo de un buque de su nacion surto á la sazon en este puerto.
Visto el dictámen del Honorable Senado Consultor, de fecha 18 del corriente que, obsequiando las razones recomendadas, ha estimado conveniente decretar el indulto particular aludido. (1).
(1) V. el número que antecede.
En uso de la facultad que me acuerda el inciso 27 del artículo 35 de la Constitucion y de acuerdo con el Consejo de Secretarios de Estado,
DECRETO:
Art. único. Se concede indulto al nombrado Robert Hurthon, natural de los Estados Unidos, y accidentalmente en el presidio de esta Capital, quien será inmediatamente puesto en libertad, á diligencia del ciudadano Ministro de Justicia é Instruccion Pública.
Dado, firmado de mi mano, sellado con el sello de la República y refrendado por el Secretario de Estado del Despacho de Justicia é Instruccion Pública, en la ciudad de Santo Domingo, á los 20 dias del mes de Setiembre de 1869, año 26 de la Independencia, 7º. de la Restauracion y 2º. de la Regeneracion.—Buenaventura Baez.—Refrendado: el Ministro de Justicia é Instruccion Pública, Félix María Delmonte.
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