Texto de la norma
Núm. 1119.—DECRETO del P. E. concediendo amnistía al general Eusebio Manzueta.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—Buenaventura Baez, Presidente de la República.
Considerando: que el general Eusebio Manzueta, al licenciar las tropas á su mando en presencia de la Revolucion victoriosa, fugó á los montes, negando de hecho la obediencia al Gobierno que, como ciudadano y como militar, está en el imprescindible deber de prestarle.
Considerando: que apesar de que este paso inconsiderado coloca á dicho general en antagonismo manifiesto con la ordenanza y leyes penales que rigen la milicia, y con la legislacion comun del Estado, obran en el ánimo del Gobierno consideraciones de estimacion en favor del prófugo aludido, el cual puede haber sido víctima de sugestiones de los enemigos de la tranquilidad pública.
DECRETA:
Art. 1º. Se concede amnistía en favor del general Eusebio Manzueta, con tal de que se presente á la autoridad de la Provincia ó comun en que se hallare, dentro de quince dias, contados desde la publicacion de este decreto en el lugar de la presentacion.
Art. 2º. En caso de sumision al precedente artículo, la autoridad local enviará al general Manzueta á la Capital para que preste ante el Gobierno su juramento de fidelidad.
Dado en Santo Domingo á los 30 dias del mes de Mayo de 1868, 25 de la Independencia, 5º. de la Restauracion y 1º. de la Regeneracion.—Buenaventura Baez.—Refrendado: el Ministro de lo Interior y Policía, M. M. Gautier.
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