Texto de la norma
Núm. 1098.-DECRETO del P. E. concediendo amnistía á todos los dominicanos que se hallasen en armas contra el Gobierno.
Dios, Patria y Libertad.-República Dominicana.-José María Cabral, Presidente de la República.
Considerando que uno de los medios que se han empleado para alterar el órden público, ha sido la depreciacion en que ha caido el papel moneda circulante, el cual, segun disposiciones que se han dictado por este Gobierno, debe ser amortizado dentro del término de sesenta dias, para que solo entre en el curso de las transacciones, dinero sonante que garantice la propiedad.
Considerando: que el Gobierno al dictar estas disposiciones, ha procurado en cumplimiento de su deber, no comprometer en lo mas mínimo ni el crédito, ni la honra, ni la independencia de la Nacion, y que solo ha tenido en mira el bienestar de la República.
Considerando: que la política de conciliacion que sigue el Gobierno, le aconseja ofrecer las mas ámplias garantías á todos los que todavia se hallan en armas contra la autoridad lejítima.
En uso de las facultades de que estoy revestido,
DECRETO:
Artículo único. Se concede ámplia amnistía á todos aquellos que hoy estén en armas contra el Gobierno lejítimo de la República, garantizándole sus personas, graduaciones y propiedades, siempre que depongan las armas y se retiren á sus casas pacíficamente.
Dado en Santo Domingo á los 19 dias del mes de Diciembre de 1867, 24 de la Independencia y 5º. de la Restauracion.- José Maria Cabral.-Refrendado: El Ministro de lo Interior y Policía, Tomas Bobadilla.
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