Núm. 3915. DECRETO del P. E. permitiendo la libre introducción de la plata mexicana acuñada, que no esté deteriorada.
Dios, Patria y Libertad. República Dominicana. Horacio Vásquez, General de División del Ejército Nacional y Presidente del Gobierno Provisional de la República.
Considerando: que la disposición prohibitiva de la libre introducción de la moneda de plata del cuño mexicano ha resultado anti-económica, y teniendo en cuenta que este agente de cambio de buena ley facilitará las transacciones comerciales;
DECRETA:
Art. 1º Se permite la libre introducción de la plata mexicana acuñada que no esté deteriorada.
Art. 2º El Ministro de Hacienda y Comercio queda encargado de la puntual ejecución del presente decreto.
Dado en Santo Domingo, Capital de la República, á 16 del mes de Septiembre de 1889; año 56º de la Independencia y 37º de la Restauración.
HORACIO VASQUEZ
Refrendado: El Ministro de Hacienda y Comercio, Samuel de Moya
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona