Núm. 2952.—SALVO-CONDUCTO otorgado por el P. de la R. al expulso político J. Aquilino Viloria, para que pueda regresar al seno de la Patria.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—Ulises Heureaux.—General de División en Jefe del Ejército Nacional, Pacificador de la Patria y Presidente Constitucional de la República.
Vista la instancia suscrita por el señor J. Aquilino Viloria, en la que solicita el Poder Ejecutivo Nacional el permiso correspondiente para poder volver á la Patria, ofreciendo obedecer las leyes y las autoridades constituidas;
Y en uso de las facultades que confiere al Poder Ejecutivo
la Constitución del Estado, según su artículo 51 en su vigésima tercera atribución,
RESUELVO:
Art. 1º Conceder como por la presente se concede libre y seguro Salvo-conducto al señor J. Aquilino Viloria para que pueda regresar al seno de la Patria, quien deberá hacer su entrada por el puerto de esta Capital.
Dada en la ciudad de Santo Domingo, Capital de la República, á los 9 días del mes de Agosto de 1890; año 47 de la Independencia y 27 de la Restauración.
U. HEUREAUX.
Refrendada: El Ministro de Relaciones Exteriores, encargado de los Despachos de lo Interior y Policía.—Ignacio M. González.
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona