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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 3096

DECRETO del P. de la R. autorizando al Honorable Ayuntamiento de Puerto Plata, para proponer y aceptar una transacción que ponga término á la lítis pendiente desde diez años, con la Señora Dolores Escarramán."

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
19 oct de 1891fecha
Asunto municipaltipo
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 3096. DECRETO del P. de la R. autorizando al Honorable Ayuntamiento de Puerto Plata, para proponer y aceptar una transacción que ponga término á la lítis pendiente desde diez años, con la Señora Dolores Escarramán." Dios, Patria y Libertad. República Dominicana. Ulises Heureaux. General de División en Jefe del Ejército Nacional, Pacificador de la Patria y Presidente Constitucional de la República. Vista la instancia que al Poder Ejecutivo elevara el Ilustre Ayuntamiento de Puerto Plata, por órgano del Ministerio de lo Interior y Policía, por la que solicita la autorización del Gobierno para proponer una transacción que ponga término á los procedimientos judiciales, que hace más de diez años tiene pendientes con la señora Dolores Escarramán, sobre la reivindicación de un terreno en aquella ciudad; Atendiendo á las consideraciones en que funda dicha solicitud el Ilustre Ayuntamiento; Visto el artículo 2045 del Código Civil en vigor; Oído el parecer del Consejo de Secretarios de Estado, DECRETO: Se concede autorización al Ilustre Ayuntamiento de la Común de Puerto Plata, para proponer y aceptar una transacción que ponga término á la lítis que hace más de diez años tiene pendiente con la señora Dolores Escarramán, respecto á la reivindicación de un terreno en aquella ciudad, para mejorar el ornato de ella, abriendo calles y formando solares que produzcan nuevas entradas á la Común. El presente Decreto será comunicado por la Secretaría de Estado correspondiente para los fines de ley. Dado en el Palacio Nacional en Santo Domingo, Capital de la República, el 19 de Octubre de 1891; año 48 de la Independencia y 29 de la Restauración. U. HEUREAUX. Refrendado.—El Ministro de lo Interior y Policía.—W. Figuereo.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona