miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 3080

CARTA de naturalización como dominicano otorgada por el P. de la R. á los súbditos españoles José María Andrés y Rafael Rey

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
14 jul de 1891fecha
Naturalizacióntipo
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 3080.—CARTA de naturalización como dominicano otorgada por el P. de la R. á los súbditos españoles José María Andrés y Rafael Rey. Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—Ulises Heureaux.—General de División en Jefe del Ejército Nacional, Pacificador de la Patria y Presidente Constitucional de la República. Por cuanto los señores José Mª Rey, Andrés Rey y Rafael Rey, mayores de edad, súbditos españoles, han elevado por órgano del Ministro de lo Interior y Policía, una instancia solicitando Carta de Naturalización; Atendiendo á que los peticionarios han nacido en el territorio de la República, á que son mayores de edad y a que hacen expresa renuncia de la nacionalidad española á que pertenecen por ante la autoridad correspondiente, llenando en esto y en todo lo prescrito por la ley; Y de conformidad con lo que dispone el artículo 7º de la Constitución del Estado en su 5º apartado: En uso de las facultades que confiere al Poder Ejecutivo dicho Pacto Fundamental, según su artículo 5º en su vigésima sétima atribución, Hemos venido en conceder como por la presente concedemos Carta de Naturalización, con los deberes y derechos inherentes á los dominicanos, previo el juramento de ley que prestarán ante el Gobernador civil y militar de esta Provincia, á los señores José Mª Rey, Andrés Rey y Rafael Rey, quienes desde ese momento serán reconocidos como ciudadanos de la República Dominicana, y á quienes se guardarán y harán guardar por las autoridades civiles y militares de ésta, todos los fueros y prerrogativas garantidos por la Constitución del Estado. La presente Carta de Nacionalidad será publicada en la "Ga- ceta Oficial" y registrada en las Secretarías de Estado de lo Interior y Policía y de Relaciones Exteriores. Dada en Santo Domingo, en el Palacio de Gobierno, el día 14 de Julio de 1891; año 48 de la Independencia y 28 de la Restauración. U. HEURFAUX. Refrendada: El Ministro de lo Interior y Policía.—W. Figuereo. Refrendada: El Ministro de Relaciones Exteriores.—Ignacio M. González. Registrada al No. 17, fólio 34.—El Oficial Mayor del Ministerio de lo Interior y Policía.—T. Brea Tejeda. Registrada, Libro N., No. 5.—El Oficial Mayor del Ministerio de Relaciones Exteriores.—D. O., Wenceslao Mieses, Oficial 2º.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona