Núm. 5276.—DECRETO del P. E. que dispone la forma de cobro y el destino de los derechos de certificación del sobordo y facturas consulares.—G. O. Núm. 2435 del 17 de Setiembre 1913.
GRAL. JOSE BORDAS VALDES. Presidente Interino de la República.
DECRETA:
Art. 1º Los derechos de certificación del sobordo de carga de un buque y de las facturas consulares indicados en los incisos 9 y 13 del artículo 83 de la Ley Orgánica del Cuerpo Consular que se han venido hasta ahora cobrando por los Consulados, se cobrarán por las Aduanas donde se efectúe el registro de las mercaderías al presentar el ejemplar del sobordo y la factura a que se refieren dichos incisos.
Art. 2º Los productos de dichos derechos serán administrados por el empleado del Gobierno que se designe al efecto, quien llevará las cuentas arregladas al sistema fiscal que le determine la Secretaría de Estado de Hacienda y Comercio.
§ Estos derechos deberán ser pagados en efectivo.
Art. 3º Los fondos provinientes de los mencionados derechos se destinarán exclusivmente al pago de los honorarios del Cuerpo Consular.
Art. 4º Las Secretarías de Estado de Relaciones Exteriores y de Hacienda y Comercio quedan encargadas de la ejecución de este Decreto.
Art. 5º El presente Decreto comenzará a regir desde el 15 de noviembre próximo.
Dada en Santo Domingo, Capital de la República, a los 15 días del mes de setiembre de 1013; año 70 de la Independencia y 51 de la Restauración.
BORDAS VALDES.
El Secretario de Estado de Relaciones Exteriores interino: Apolinar Tejera.
El Secretario de E. de Hacienda y Comercio: Saviñón.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.
Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona