Núm. 4082. DECRETO del P. E. que restablece las garantías constitucionales. G. O. Núm. 1372 del 1º de Diciembre de 1900.
JUAN ISIDRO JIMENES, Presidente Constitucional de la República.
Atendiendo: á que han cesado ya las causas que obligaran al Poder Ejecutivo a suspender, por Decreto de fecha 8 de Octubre próximo pasado, las garantías constitucionales que determina el artículo 52 de la Constitución; Oído el parecer del Consejo de Secretarios de Estado;
DECRETA:
Art. único: Desde la promulgación del presente Decreto quedan restablecidas dichas garantías.
Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la Repúbilca, á los 29 días del mes de Noviembre de 1900; año 57º de la Independencia y 38º de la Restauración.
J. I. JIMENES.
Refrendado: El Ministro de lo Interior y Policía. L. M. Hernández Brea.
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona