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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 2760

DECRETO del C. N. haciendo obligatorio el matrimonio religioso, en las personas que profesan la religión católica veinte y cuatro horas después del contrato civil

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
26 jun de 1889fecha
Contrato o conveniotipo
Congreso Nacionalórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 2760.—DECRETO del C. N. haciendo obligatorio el matrimonio religioso, en las personas que profesan la religión católica veinte y cuatro horas después del contrato civil. Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional.—En nombre de la República, y prévias las tres lecturas constitucionales; Considerando: Que la Religión Católica es la Religión del Estado, y que éste por consiguiente está obligado á prestarle su apoyo; Considerando: Que en algunas localidades de la República se viene aboliendo el matrimonio eclesiástico con desprecio de la Religión y escarnio de la sociedad; Considerando: Que es necesario poner cese á una costumbre que acabará por desquiciar la Sociedad, envolviéndola en las tinieblas de la inmoralidad, DECRETA: Art. 1º El matrimonio religioso en aquellas personas que profesan la Religión Católica, se efectuará en las veinte y cuatro horas á más tardar de verificado el contrato civil. § Los contraventores á la presente ley, serán compelidos al cumplimiento de este deber. Art. 2º El presente Decreto será enviado al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales. Dado en la sala de sesiones del Congreso Nacional, á los 22 días del mes de Junio de 1889; año 46 de la Independencia y 26 de la Restauración. El Presidente.—M. de J. Rodríguez.—Los Secretarios.—Alcedo Andreu.—M. J. Jimenez. Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento. Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 26 días del mes de Junio de 1889; año 46 de la Independencia y 26 de la Restauración. El Vice-Presidente de la República, encargado de la Presidencia.—M. M. Gautier. Refrendado:—El Ministro de Justicia é Instrucción Pública.—Genaro Pérez.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona