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Texto de la norma
RESUELVE:
Autorizar, como por la presente autoriza, al señor don Alejandro Herrera hijo, Dentista del Colegio Dental de Pensilvania (Estado Unidos de América), para que pueda ejercer su profesión de Dentista en todo el territorio de la República.
Dada en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 27 días del mes de Septiembre de 1900; año 57º de la Independencia y 38º de la Restauración.
J. I. JIMENES.
Refrendada: El Ministro de lo Interior y Policía interino. F. A. Gómez.
Núm. 4060. EXEQUATUR acordado al Lic. Jesús Monagas y García. G. O. Núm. 1364 del 6 de Octubre de 1900.
JUAN ISIDRO JIMENES, Presidente Constitucional de la República.
Por cuanto el señor Licenciado Jesús Monagas y García de Quevedo, se ha dirigido al Ministerio de lo Interior y Policía, en fecha 11 de Abril del presente año, solicitando permiso para ejercer su profesión de Médico Cirujano; habiendo exhibido el solicitante el título á que se contraen los artículos 40 y 41 de la "Ley sobre Juro Médico de la República"; y visto el informe presentado por este Honorable Cuerpo, el cual informe acredita la legalidad de dicho título, según la práctica establecida para expedir títulos universitarios;
RESUELVE:
Autorizar, como por la presente autoriza, al señor Licenciado Jesús Monagas y García de Quevedo, Médico Cirujano de la Facultad de Barcelona, para que pueda ejercer su profesión de Médico Cirujano en todo el territorio de la República.
Dada en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de
la República, á los 28 días del mes de Setiembre de 1900; año 57º de la Independencia y 38º de la Restauración.
J. I. JIMENES.
Refrendada: El Ministro de lo Interior y Policía interino.- F. A. Gómez.
Núm. 4061.-EXEQUATUR acordado a Casimiro García del Valle para ejercer la profesión de médico.-G. O. Núm. 1364 del 6 de Octubre de 1900.
JUAN ISIDRO JIMENES, Presidente Constitucional de la República.
Por cuanto el señor Licenciado Casimiro García del Valle se ha dirigido al Ministro de lo Interior y Policía, en fecha 28 de Septiembre del presente año, solicitando permiso para ejercer su profesión de Médico Cirujano; habiendo exhibido el solicitante el título á que se contraen los artículos 40 y 41 de la "Ley sobre Juro Médico de la República"; y visto el informe presentado por este Honorable Cuerpo, el cual informe acredita la legalidad de dicho título, según la práctica establecida para expedir títulos universitarios;
RESUELVE:
Autorizar, como por la presente autoriza, al señor Licenciado Casimiro García del Valle, Médico Cirujano de la Facultad de Madrid, para que pueda ejercer su profesión de Médico Cirujano en todo el territorio de la República.
Dada en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á 1º de Octubre de 1900; año 57º de la Independencia y 38º de la Restauración.
J. I. JIMENES.
Refrendada: El Ministro de lo Interior y Policía interino.- F. A. Gómez.
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