Núm. 4033. DECRETO del P. E. llamando al Vicepresidente al ejercicio de la Presidencia. G. O. Núm. 1353 del 21 de Julio de 1900.
JUAN ISIDRO JIMENES, Presidente Constitucional de la República.
Considerando: que varias atenciones del servicio público exigen mi presencia en las Provincias y Distritos del Cibao; De conformidad con lo que previene el artículo 46 de la Constitución del Estado;
DECRETO:
Artículo único: Mientras dure mi ausencia de esta capital el Poder Ejecutivo será ejercido por el ciudadano Vice-Presi-
dente de la República, en unión del Consejo de Secretarios de Estado.
Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 18 días del mes de Julio de 1900; año 57º de la Independencia y 37º de la Restauración.
J. I. JIMENES.
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona