05372-2024-2028-CD · depositada el 11 mar de 2026 en Cámara de Diputados · propuesta por diputados.
Proyecto de ley que modifica el artículo 3 de la Ley 492-69 para declarar la Plaza Ceremonial Taína (Corral de los Indios) del municipio Juan de Herrera, provincia San Juan, como patrimonio cultural e histórico de la Nación, asigna su gestión y preservación al Ministerio de Cultura y crea un patronato para su protección.
Resumen del documento depositado, leído con ChatLeyes e inteligencia artificial: puede contener errores. Texto del documento depositado (copia del publicado en el Sistema de Información Legislativa).
| Documento | Subido | Copia |
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| PROYECTO DEPOSITADO5 páginas Proyecto de ley que modifica el artículo 3 de la Ley 492-69 para declarar la Plaza Ceremonial Taína (Corral de los Indios) del municipio Juan de Herrera, provincia San Juan, como patrimonio cultural e histórico de la Nación, asigna su gestión y preservación al Ministerio de Cultura y crea un patronato para su protección. Plaza Ceremonial TaínaCorral de los Indiospatrimonio culturalLey 492-69Juan de Herreraprovincia San JuanMinisterio de Culturataínos | 13 mar de 2026 | |
| ACUSE COMISIÓN CULTURA18 páginas | 6 abr de 2026 | No se reproduce: trae páginas que no se pudieron leer |
Resúmenes leídos con ChatLeyes e inteligencia artificial: pueden contener errores. Las copias son los archivos que publicó el Sistema de Información Legislativa, sin cambios. No se reproducen los que traen datos personales (cédulas, teléfonos, correos que no son el institucional del legislador, domicilios), números de RNC o de Registro Mercantil o páginas escaneadas que aún no se han podido revisar: Notifacto guarda su copia, pero no la publica. Esos documentos pueden solicitarse a la Cámara de Diputados.
Lo que no se aprueba en un período se vuelve a registrar en el siguiente con otro número; aquí se juntan los proponentes, las votaciones y los documentos de todos sus registros. Los conteos de cada votación son los que publica la Cámara de Diputados; Notifacto no deduce si la votación se aprobó (algunas exigen mayorías calificadas). El Senado no publica el voto de cada senador.
Fuente: Cámara de Diputados (Sistema de Información Legislativa) y corpus legal de ChatLeyes (resúmenes de los documentos), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona