02846-2024-2028-CD · depositada el 6 mar de 2024 en Cámara de Diputados · propuesta por diputados.
Proyecto de ley que promueve y protege los derechos de los pasajeros aéreos, estableciendo compensaciones económicas por retrasos, cancelaciones y sobreventa de vuelos, obligaciones de información y asistencia, y atribuye su aplicación al Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC).
Resumen del documento depositado, leído con ChatLeyes e inteligencia artificial: puede contener errores. Texto del documento depositado (copia del publicado en el Sistema de Información Legislativa).
| Documento | Subido | Copia |
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| P DEPOSITADO21 páginas | 7 mar de 2024 | |
| P DEPOSITADO21 páginas Proyecto de ley que promueve y protege los derechos de los pasajeros aéreos, estableciendo compensaciones económicas por retrasos, cancelaciones y sobreventa de vuelos, obligaciones de información y asistencia, y atribuye su aplicación al Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC). transporte aéreoderechos del pasajeroasistencia económicaretraso de vueloscancelación de vuelossobreventa de boletosIDACconsumidor | 7 mar de 2024 | |
| ACUSE COMISIÓN INDUSTRIA Y COMERCIO1 página | 3 abr de 2024 | |
| ACUSE COMISIÓN INDUSTRIA Y COMERCIO1 página Comunicación de la Secretaría General Legislativa de la Cámara de Diputados que remite a la Comisión Permanente de Industria y Comercio dos iniciativas: un proyecto de resolución de reconocimiento y un proyecto de ley de asistencia económica a usuarios del transporte aéreo. Cámara de Diputadosiniciativas legislativasComisión de Industria y Comercioproyecto de leyproyecto de resolucióntransporte aéreo | 3 abr de 2024 |
Resúmenes leídos con ChatLeyes e inteligencia artificial: pueden contener errores. Las copias son los archivos que publicó el Sistema de Información Legislativa, sin cambios.
| Registro | Período | Situación |
|---|---|---|
| 11230-2020-2024-CD | 2020-2024 | En trámite |
Lo que no se aprueba en un período se vuelve a registrar en el siguiente con otro número; aquí se juntan los proponentes, las votaciones y los documentos de todos sus registros. Los conteos de cada votación son los que publica la Cámara de Diputados; Notifacto no deduce si la votación se aprobó (algunas exigen mayorías calificadas). El Senado no publica el voto de cada senador.
Fuente: Cámara de Diputados (Sistema de Información Legislativa) y corpus legal de ChatLeyes (resúmenes de los documentos), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona