02858-2024-2028-CD · depositada el 12 mar de 2024 en Cámara de Diputados · propuesta por diputados.
Proyecto de ley que regularía la modalidad de teletrabajo en las relaciones laborales del sector privado dominicano, como modalidad del contrato de trabajo supletoria al Código de Trabajo. Define teletrabajo, sus modalidades (total y parcial), el contrato de teletrabajo, derechos del teletrabajador (igualdad, intimidad, desconexión digital, reversibilidad) y obligaciones del empleador.
Resumen del documento depositado, leído con ChatLeyes e inteligencia artificial: puede contener errores. El texto oficial está en el Sistema de Información Legislativa.
| Documento | Subido | Copia |
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| P DEPOSITADO19 páginas | 5 abr de 2024 | No se reproduce: trae correos |
| P DEPOSITADO19 páginas Proyecto de ley que regularía la modalidad de teletrabajo en las relaciones laborales del sector privado dominicano, como modalidad del contrato de trabajo supletoria al Código de Trabajo. Define teletrabajo, sus modalidades (total y parcial), el contrato de teletrabajo, derechos del teletrabajador (igualdad, intimidad, desconexión digital, reversibilidad) y obligaciones del empleador. teletrabajocontrato de teletrabajodesconexión digitalCódigo de Trabajojornada laboralreversibilidadMinisterio de Trabajo | 5 abr de 2024 | No se reproduce: trae correos |
| ACUSE COMISIÓN TRABAJO1 página | 25 abr de 2024 | |
| ACUSE COMISIÓN TRABAJO1 página | 25 abr de 2024 |
Resúmenes leídos con ChatLeyes e inteligencia artificial: pueden contener errores. Las copias son los archivos que publicó el Sistema de Información Legislativa, sin cambios. No se reproducen los que traen datos personales (cédulas, teléfonos, correos que no son el institucional del legislador, domicilios), números de RNC o de Registro Mercantil o páginas escaneadas que aún no se han podido revisar: Notifacto guarda su copia, pero no la publica. Esos documentos pueden solicitarse a la Cámara de Diputados.
| Registro | Período | Situación |
|---|---|---|
| 11244-2020-2024-CD | 2020-2024 | En trámite |
Lo que no se aprueba en un período se vuelve a registrar en el siguiente con otro número; aquí se juntan los proponentes, las votaciones y los documentos de todos sus registros. Los conteos de cada votación son los que publica la Cámara de Diputados; Notifacto no deduce si la votación se aprobó (algunas exigen mayorías calificadas). El Senado no publica el voto de cada senador.
Fuente: Cámara de Diputados (Sistema de Información Legislativa) y corpus legal de ChatLeyes (resúmenes de los documentos), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona