Resolución aprobatoria del convenio para la protección, conservación, recuperación y devolución de bienes culturales, arqueológicos, artísticos e históricos robados, exportados o transferidos ilícitamente entre la República Dominicana y la República del Perú, suscrito el 18 de enero de 2011.
01263-2016-2020-CD · depositada el 10 ago de 2012 en Senado · propuesta por Poder Ejecutivo.
El Sistema de Información Legislativa ya no lista las iniciativas de períodos anteriores: esta ficha guarda lo que publicó sobre ella, con copia de sus documentos.
Resolución del Senado que aprueba el Convenio bilateral República Dominicana-Perú (18 de enero de 2011) para proteger, conservar, recuperar y devolver bienes culturales, arqueológicos, artísticos e históricos robados, exportados o transferidos ilícitamente, prohibiendo su ingreso ilícito en ambos territorios. Incluye el texto íntegro del Convenio y antecedentes legislativos.
Resumen del documento depositado en un período anterior, leído con ChatLeyes e inteligencia artificial: puede contener errores.
Quién la propuso
Poder EjecutivoInstitución del Estado · proponente principal
Recorrido
Aplazado para única discusión24 oct de 2012
En Orden del Día para única discusión24 oct de 2012
Con Informe de Comisión para única discusión3 oct de 2012
Enviado a Comisión28 ago de 2012 – 27 sept de 2012
Tomado en Consideración28 ago de 2012
En Orden del Día28 ago de 2012
Depositado10 ago de 2012
Votaciones en la Cámara de Diputados
Fecha
Qué se votó
Resultado
24 oct de 2012
Sometido a votación el informe presentado por la Comisión Permanente de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional, el cual solicita que sea completada la documentación de esta iniciativa y que sea remitida una comunicación al Senado de la República y al Tribunal Constitucional a fin de que la irregularidad de este Convenio sea subsanada y que no se repita.Cómo votó cada diputado (190)
Resolución del Senado que aprueba el Convenio bilateral República Dominicana-Perú (18 de enero de 2011) para proteger, conservar, recuperar y devolver bienes culturales, arqueológicos, artísticos e históricos robados, exportados o transferidos ilícitamente, prohibiendo su ingreso ilícito en ambos territorios. Incluye el texto íntegro del Convenio y antecedentes legislativos.
Oficio de la Secretaria General de la Camara de Diputados que remite a la Comision Permanente de Relaciones Exteriores y Cooperacion Internacional cuatro proyectos de resolucion aprobatoria de convenios y acuerdos internacionales (aviacion civil, bienes culturales con Peru, Orden de Malta, SOS Kinderdorf), con su historial legislativo.
proyectos de resolucionconvenios internacionalesCamara de DiputadosRelaciones Exterioresaviacion civilbienes culturalescooperacion
Lo que no se aprueba en un período se vuelve a registrar en el siguiente con otro número; aquí se juntan los proponentes, las votaciones y los documentos de todos sus registros. Los conteos de cada votación son los que publica la Cámara de Diputados; Notifacto no deduce si la votación se aprobó (algunas exigen mayorías calificadas). El Senado no publica el voto de cada senador.
Fuente: Cámara de Diputados (Sistema de Información Legislativa) y corpus legal de ChatLeyes (resúmenes de los documentos), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados sobre la resolución aprobatoria del Convenio RD-Perú de 2011 sobre recuperación de bienes culturales ilícitamente transferidos. La Comisión observa que al Convenio le falta el Poder del firmante conforme a la Ley 1496 de 1938 y recomienda completar la documentación antes del informe definitivo.
convenio RD-Perúbienes culturalespatrimonio culturalpoder de representación del EstadoLey 1496 de 1938Cámara de DiputadosOFITRELUNESCO 1970
Comunicación oficial de la Cámara de Diputados al Presidente del Senado informando que el Pleno aplazó el conocimiento del Convenio con Perú sobre protección y devolución de bienes culturales robados o transferidos ilícitamente, por faltar el poder de representación exigido por la Ley 1486 de 1938.
convenio RD-Perúbienes culturalesaplazamientopoder de representaciónLey 1486-38relaciones exteriores
En funciones de Tribunal Constitucional, la SCJ ejerce el control preventivo del Convenio entre República Dominicana y Perú sobre protección, conservación, recuperación y devolución de bienes culturales robados o transferidos ilícitamente, y declara que el Convenio es conforme a la Constitución, sin impedimento para su sometimiento al Congreso Nacional. El control preventivo de tratados corresponde al Tribunal Constitucional (hasta su integración, a la SCJ) y su declaración de conformidad surte efecto erga omnes, excluyendo la inconstitucionalidad posterior.
control preventivotratado internacionalbienes culturalesConvenio RD-Perúsupremacía constitucionalTribunal Constitucional
18 ago de 2015
No se reproduce: trae correos, teléfonos
01263-2016-2020-CD (AVISO SENADO SOLICITUD CONTROL PREVENTIVO)1 página
01263-2016-2020-CD (SOLICITUD CONTROL PREVENTIVO)27 páginas
18 ago de 2015
No se reproduce: trae teléfonos
Resúmenes leídos con ChatLeyes e inteligencia artificial: pueden contener errores. Las copias son los archivos que publicó el Sistema de Información Legislativa, sin cambios. No se reproducen los que traen datos personales (cédulas, teléfonos, correos que no son el institucional del legislador, domicilios), números de RNC o de Registro Mercantil o páginas escaneadas que aún no se han podido revisar: Notifacto guarda su copia, pero no la publica. Esos documentos pueden solicitarse a la Cámara de Diputados.