Declara la provincia Samaná como Provincia Ecoturística y crea el Consejo de Desarrollo Ecoturístico de la provincia, órgano rector descentralizado adscrito al Ministerio de Turismo, así como el Fondo Provincial de Desarrollo Ecoturístico, para la conservación y uso sostenible de los recursos naturales y el fomento cultural.
Resumen del documento depositado, leído con ChatLeyes e inteligencia artificial: puede contener errores. Texto del documento depositado (copia del publicado en el Sistema de Información Legislativa).
En Orden del Día para 2da. discusión14 may de 2025
Sobre la Mesa 2da. discusión13 may de 2025
En Orden del Día para 2da. discusión13 may de 2025
Aprobado en 1ra. lectura7 may de 2025
En Orden del Día para 1era. discusión7 may de 2025
Sobre la mesa 1era discusión30 abr de 2025
En Orden del Día para 1era. discusión30 abr de 2025
Sobre la mesa 1era discusión23 abr de 2025
En Orden del Día para 1era. discusión23 abr de 2025
Con informe de comisión11 mar de 2025
Plazo vencido6 feb de 2025
Enviado a Comisión7 ene de 2025 – 5 feb de 2025
Tomado en Consideración7 ene de 2025
En Orden del Día7 ene de 2025
Depositado20 dic de 2024
Votaciones en la Cámara de Diputados
Fecha
Qué se votó
Resultado
14 may de 2025
El diputado presidente propuso y sometió a votación que el proyecto de ley fuese liberado de los trámites correspondientes.Cómo votó cada diputado (190)
Declara la provincia Samaná como Provincia Ecoturística y crea el Consejo de Desarrollo Ecoturístico de la provincia, órgano rector descentralizado adscrito al Ministerio de Turismo, así como el Fondo Provincial de Desarrollo Ecoturístico, para la conservación y uso sostenible de los recursos naturales y el fomento cultural.
SamanáecoturismoConsejo de Desarrollo EcoturísticoFondo Provincialconservaciónturismoprovincia ecoturística
Declara la provincia Samaná como Provincia Ecoturística para la conservación y uso sostenible de sus recursos naturales y fomento cultural. Crea el Consejo de Desarrollo Ecoturístico de la provincia Samaná, órgano descentralizado adscrito al Ministerio de Turismo, y el Fondo Provincial de Desarrollo Ecoturístico.
SamanáecoturismoConsejo de Desarrollo EcoturísticoFondo Provincialdesarrollo sostenibleturismo
Comunicación de la Presidencia de la Cámara de Diputados al Presidente del Senado informando la aprobación del proyecto de ley que declara la provincia Samaná como Provincia Ecoturística y su remisión al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Cómo leer esta ficha
Lo que no se aprueba en un período se vuelve a registrar en el siguiente con otro número; aquí se juntan los proponentes, las votaciones y los documentos de todos sus registros. Los conteos de cada votación son los que publica la Cámara de Diputados; Notifacto no deduce si la votación se aprobó (algunas exigen mayorías calificadas). El Senado no publica el voto de cada senador.
Fuente: Cámara de Diputados (Sistema de Información Legislativa) y corpus legal de ChatLeyes (resúmenes de los documentos), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Comunicación oficial de la Secretaría General Legislativa informando al presidente de la Comisión Permanente de Turismo que el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó el 14 de mayo de 2025 el proyecto de ley que declara la provincia Samaná como Provincia Ecoturística, remitiéndolo al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
provincia SamanáProvincia Ecoturísticaproyecto de leyCámara de DiputadosComisión Permanente de TurismoPoder Ejecutivo
Comunicación del Ministro administrativo de la Presidencia informando a la Cámara de Diputados que la Ley que declara la Provincia Samaná como Provincia Ecoturística fue registrada con el número 34-25 y promulgada el 3 de junio de 2025.
Ley 34-25Provincia Samanáprovincia ecoturísticapromulgacióncomunicación oficial
Resúmenes leídos con ChatLeyes e inteligencia artificial: pueden contener errores. Las copias son los archivos que publicó el Sistema de Información Legislativa, sin cambios. No se reproducen los que traen datos personales (cédulas, teléfonos, correos que no son el institucional del legislador, domicilios), números de RNC o de Registro Mercantil o páginas escaneadas que aún no se han podido revisar: Notifacto guarda su copia, pero no la publica. Esos documentos pueden solicitarse a la Cámara de Diputados.