Resolución No.65-20 del 15 de mayo de 2020, mediante la cual el Congreso Nacional autoriza al presidente de la República prorrogar, hasta por un plazo máximo de quince (15) días, el estado de emergencia en todo el territorio nacional, declarado en el Decreto presidencial No.134-20 del 19 de marzo de 2020 y prorrogado por los Decretos No.148-20 del 13 de abril de 2020, y No.153-20 de 30 de abril de 2020.
07212-2016-2020-CD · depositada el 13 may de 2020 en Senado · propuesta por Poder Ejecutivo.
Título con que se depositó: Resolución que autoriza al presidente de la República prorrogar, hasta por un plazo máximo de veinticinco (25) días, el estado de emergencia en todo el territorio nacional, declarado en el Decreto presidencial No.134-20 del 19 de marzo de 2020 y prorrogado por los Decretos No.148-20 del 13 de abril de 2020, y No.153-20 de 30 de abril de 2020.
El Sistema de Información Legislativa ya no lista las iniciativas de períodos anteriores: esta ficha guarda lo que publicó sobre ella, con copia de sus documentos.
Sometida a votación la propuesta de modificación presentada por el diputado Alfredo Pacheco Osoria, para sustituir donde dice: “veinticinco (25) días”, que diga: “quince (15) días, contados a partir del día 18 de mayo del…(sigue igual)”.Cómo votó cada diputado (1)
Resúmenes leídos con ChatLeyes e inteligencia artificial: pueden contener errores. Las copias son los archivos que publicó el Sistema de Información Legislativa, sin cambios. No se reproducen los que traen datos personales (cédulas, teléfonos, correos que no son el institucional del legislador, domicilios), números de RNC o de Registro Mercantil o páginas escaneadas que aún no se han podido revisar: Notifacto guarda su copia, pero no la publica. Esos documentos pueden solicitarse a la Cámara de Diputados.
Cómo leer esta ficha
Lo que no se aprueba en un período se vuelve a registrar en el siguiente con otro número; aquí se juntan los proponentes, las votaciones y los documentos de todos sus registros. Los conteos de cada votación son los que publica la Cámara de Diputados; Notifacto no deduce si la votación se aprobó (algunas exigen mayorías calificadas). El Senado no publica el voto de cada senador.
Fuente: Cámara de Diputados (Sistema de Información Legislativa) y corpus legal de ChatLeyes (resúmenes de los documentos), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona